jueves, 1 de diciembre de 2011

Las tiendas de conveniencia podrán pedir permisos desde mañana para vender tabac

Las tiendas de conveniencia podrán solicitar desde mañana los permisos necesarios para vender tabaco, según el Boletín Oficial del Estado (BOE), que publica en su edición de hoy el Real Decreto 1676/2011 por el modifica la normativa de venta de tabaco en relación a los lugares de venta con recargo.


La modificación permitirá vender tabaco en las tiendas de conveniencia e, incluso, cigarros y cigarritos elaborados de forma manual en aquellas con una superficie útil igual o superior a los cien metros cuadrados.

La modificación supone incluir, entre los establecimientos a los que se puede autorizar para vender con recargo, las tiendas de conveniencia, tanto las ubicadas en estaciones de servicio, como aquellas que aporten certificación acreditativa de la condición de tienda de conveniencia expedida por la autoridad competente en materia de comercio.

La venta de estas labores de tabaco tendrá que realizarse en estos establecimientos a través de maquinas expendedoras.

La referencia también incorpora la posibilidad de vender cigarros y cigarritos provistos de capa natural de forma manual en todos los establecimientos autorizados para la venta con recargo, no solamente en los bares y restaurantes, con una superficie útil igual o superior a cien metros.

Según la modificación del Real Decreto, se permitirá la obtención de una única autorización para varios puntos de venta situados en el mismo establecimiento, siempre que las solicitudes se presenten el mismo día, en este caso su entrada en vigor será el 1 de enero de 2012

Fuente : efeagro.com

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